15 Dic Herencia digital: ¿cómo se heredan las criptomonedas y otros activos digitales?
Según CoinMarketCap, hasta agosto de 2021 se han invertido 1,9 billones de dólares en criptomonedas. Cómo incluir los criptoactivos en la planificación patrimonial.
A mediados de 2021, una noticia conmovió el mundo financiero, en particular, al de las finanzas descentralizadas. Mircea Popescu, uno de los mayores poseedores individuales de bitcoin en el mundo, había muerto a los 41 años, mientras nadaba en una playa de Costa Rica. La inmensa ola que, según el New York Post, se llevó la vida del magnate rumano también habría arrastrado consigo, guardadas probablemente en algún rincón de su memoria, las claves para acceder a su fortuna en criptomonedas, unos u$s 2.000 millones que podrían perderse para siempre.
Un caso similar podría haber sucedido con la herencia digital de John McAfee, el pionero del software antivirus, que apareció muerto en su celda casi por la misma época en la que el mar se tragó a Popescu.
Estamos ante una problemática que será cada vez más común ya que, como se sabe, los criptoactivos, entre ellos el bitcoin, son descentralizados, lo cual implica que no existe un ente central que los gobierna y a través del cual se pueda disponer de ellos post-mortem.
Una cosa es la naturaleza del activo y otra muy diferente es su custodia, la cual puede recaer bajo un exchange centralizado sobre el cual los Estados sí poseen jurisdicción y pueden por lo tanto ordenar el traspaso de los bienes a los herederos como sucede con cualquier otro tipo de activos. Esto no pasa cuando custodiamos nuestros activos en una wallet descentralizada a la que accedemos únicamente con nuestra clave privada o cuando utilizamos dispositivos del tipo cold storage.
“Esto último desafía la planificación patrimonial ya que, en caso de querer reclamar una herencia, los herederos no podrán acudir a un juez para que mande a transferir y/o registrar estos activos a nombre del heredero como sí podría hacerlo con el dinero en una cuenta bancaria, un bien inmueble u otros activos tradicionales”, advierte el abogado Martín Litwak, fundador y CEO de Untitled SLC, una boutique de servicios legales especializada en planificación patrimonial y fiscalidad internacional y el establecimiento de fondos de inversión.
Aunque la espectacularidad y el morbo de los que están rodeados no son ni serán la norma, casos como el de Popescu y McAfee pusieron en agenda un tema impensado o confinado al campo de la ciencia ficción hasta hace poco: cuándo morimos, ¿qué ocurre con nuestras claves de acceso a sitios y plataformas, archivos de documentos e imágenes o, tal el caso de una preocupación todavía más reciente, nuestras tenencias en criptomonedas? ¿Cómo podemos asegurarnos de que, como ocurre con otros bienes, vayan o se haga con ellos lo que nosotros deseamos?
“Todos los activos se heredan legalmente de la misma manera. Cuando la persona fallece, automáticamente sus activos pasan a sus sucesores. El principal problema aquí es que los activos digitales presentan grandes diferencias entre las distintas clases (NFTs, stable coins, tokens, etc.) requiriendo por ende una solución a medida. Siendo estos activos de naturaleza descentralizada, lo esencial es planificar sobre su custodia. No será lo mismo si esta está a cargo del propio titular o de un exchange centralizado”, explica Litwak, en cuyo estudio, entre otros servicios, se ofrece consultoría para proyectos FinTech y/o WealthTech, y asesoramiento jurídico sobre nuevas tecnologías financieras, como blockchain, monedas digitales y NFTs, por citar algunas.
Según Litwak, el componente tecnológico de la sucesión de activos digitales plantea contradictoriamente una facilidad que no resuelve el problema: “Claro que una forma sencilla de resolver esto técnicamente es que yo, en forma anticipada, le deje anotadas mis claves a la persona que yo quiera y esa persona podría acceder, por ejemplo, a la wallet donde yo tengo mis criptos y disponer de ellas, pero ello podría no sería legal en algunos países en los cuales poderes otorgados en vida pierden validez cuando uno muere”, aclara. Por otro lado, esta alternativa no sería conveniente si los activos se encontrasen en un exchange, ya que estos solicitan doble o incluso triple factor de autenticación, y en caso de no tener acceso a ellos, podría incluso resultar en un bloqueo de la cuenta. Por ello, lo correcto sería elaborar un testamento y nombrar a un representante o albaceas “para que se presente, por ejemplo, ante Coinbase y, a partir de ahí, pueda trabajar para cumplir mi voluntad. Otra alternativa seria estructurar un trust, en cuyo caso el trustee sería quien en se va a presentar, por ejemplo, ante los exchanges.”, finaliza Litwak
La herencia digital comienza a formar parte de los códigos de leyes de algunos estados de los Estados Unido, como Wisconsin, Connecticut y Rhode Island e incluso en Florida cuenta con una ley. En Europa, el gobierno suizo también está estudiando una posible legislación mediante un proyecto conjunto con la Universidad de Basilea y hay incipientes avances en materia de herencia de bienes digitales en la UE con España y Francia esencialmente. En América Latina, donde la gente que cuenta con un testamento no llega al 5% de la población total, no existe regulación alguna sobre estas cuestiones.
Entonces, ante la ausencia de normas específicas, es muy importante determinar la suerte que correrán estos activos, muy posiblemente en el mismo documento donde se determina la de los demás.
Litwak enumera las que son las dos alternativas más recomendables para manejar esta cuestión, una de las cuales es designar utilizar alguna de las herramientas de planificación patrimonial tradicionales como testamentos, sociedades y trusts. La otra opción, más bien de tipo tecnológico, consistiría en la utilización de “smart contracts” o “contratos inteligentes”, que son líneas de código autoejecutables que funcionan con una estructura inalterable debido a que se despliegan en una red blockchain, asegurando su ejecución al verificar el cumplimiento de la condición. lo cual asegura su ejecución al cumplimiento de determinada condición.
“Ellos podrían ser de gran utilidad a la hora de organizar la disposición post mortem de nuestros criptoactivos”, afirma Litwak. “Podríamos elaborar un contrato inteligente que tenga una estructura similar a “si fallezco, que mis activos de X wallet se envíen a esta otra X wallet (la de los herederos)” o bien que se envíen las claves al correo de los herederos. Existen diversas formas de estructurar el smart contract y la verificación de la muerte del titular de los criptoactivos y es aquí precisamente donde toma relevancia el correcto asesoramiento”, amplía.
La cuestión de los activos digitales plantea un universo de cuestiones con las que generaciones anteriores no tuvieron que lidiar y cuyo valor puede aumentar con el paso del tiempo. Aproximadamente el 15% de los family offices a nivel global, ya tienen algún tipo de exposición a las criptomonedas, según una encuesta reciente de Goldman Sachs. Y algo más de la mitad de las familias que Goldman encuestó este año (2021) dijeron que estaban considerando invertir en cripto en el futuro.